11 de junio de 2025
El acto que votó el Senado es legítimo y es ilegítimo que el Gobierno por medio de un decreto lo desconozca
Por: Jonathan Castro
El Departamento de Derecho Constitucional de nuestra Casa de Estudios llevó a cabo el Foro ‘Consulta Popular: reflexiones constitucionales’, un espacio propiciado por el Externado para el análisis de la propuesta del presidente Gustavo Petro de decretar esta figura, además, de estudiar las implicaciones políticas y constitucionales para el país de realizar la Consulta por medio de un decreto presidencial.
Desde sus conocimientos y experticia como profesor de derecho civil, nuestro rector Hernando Parra Nieto destacó la importancia de defender el estado de derecho, sustentado en la piedra angular del principio ‘pacta sunt servanda’, cuyo desconocimiento significa nada menos que el desprecio de la juridicidad, y el camino hacia la arbitrariedad.
“Es por este deber histórico que hoy deseamos fungir como escenario de debate y de reflexión acerca de la figura constitucional de la consulta popular, su origen, naturaleza y alcances, que podrían haber trascendido incluso el lindero propiamente político’, precisó.
Este evento académico inició con una radiografía de los hechos ocurridos realizada por el director del Departamento de Derecho Constitucional Humberto Sierra Porto, que derivaron en las posturas y el momento político coyuntural por el que atraviesa el país.
Lea la entrevista del Dr. Humberto Sierra en la revista SEMANA
«La decisión de convocar una consulta popular a pesar de la negativa del Congreso es una conducta propia de un constitucionalismo autoritario». Expone el Dr. Sierra en su entrevista.
El docente se refirió a un constitucionalismo autoritario, a la excepción de inconstitucionalidad, al estado de derecho, a la ruptura institucional, al abuso del derecho, a la participación en política, a alterar el equilibrio electoral, al populismo de Estado, a los tipos de democracias y a la desestabilización, entre otros temas que se han vislumbrado en los últimos tiempos.
“Estamos creyendo que gobernar es imponer la política sobre los demás y no estamos teniendo una política de Estado. También debemos separar los términos, porque tampoco es válido afirmar que en Colombia no hay estado constitucional, hay que ser precisos y no generar zozobra en la manera en cómo se califican este tipo de situaciones”, dijo.
Posteriormente se realizó un panel del más alto nivel, compuesto por figuras públicas y académicas de relevancia, quienes discutieron sobre los alcances de una consulta popular, su impacto en las instituciones democráticas y la vía por la que deben ser tramitadas las reformas.
La profesora Floralba Padrón, moderadora del panel, reafirmó el compromiso académico de nuestra Universidad, con el análisis crítico de los fenómenos que impactan la vigencia del Estado constitucional y democrático de derecho.
“El escenario que nos convoca se da a propósito de la presentación de la ‘Consulta Popular’ promovida por el Gobierno Nacional ante el Senado de la República el pasado 1 de mayo de 2025; la no aprobación de la activación de este mecanismo de participación ciudadana por el Congreso y la posterior decisión presidencial de convocarla mediante decreto. Esta cadena de hechos ha generado una profunda controversia jurídica y política”, precisó Padrón Pardo.
El profesor emérito del Externado Alfonso Gómez Méndez señaló: “Lo que se está pensando de llevar la consulta por decreto, alegando que la decisión del Senado no fue correcta, me parece que implicaría una clara violación de la Constitución para remplazar, no solamente al Congreso, sino al poder judicial”.
Para el exministro Juan Fernando Cristo, lo que está haciendo el Presidente Gustavo Petro de convocar una consulta popular por encima del Congreso es una equivocación para el país, para el Gobierno y fijaría un grave precedente institucional. “Al poder ejecutivo no le corresponde calificar si es una decisión ajustada en derecho o no”, indicó.
Héctor Riveros, abogado, exministro y docente, resaltó que la legitimidad de todo poder, incluso el del pueblo, emana de la Constitución. “El pueblo ejerce el poder en los términos que la Constitución establece. No es cierto que el ejercicio del poder por parte del pueblo de forma directa no tenga reglas”.
A su turno, el director del Departamento de Derecho Procesal, Ramiro Bejarano, insistió en que la decisión del Senado de rechazar la consulta popular para la reforma laboral es un acto legítimo. Al mismo tiempo, que advirtió que es ilegítimo querer convocarla por decreto.
A manera de conclusión nuestras(os) expertas(os) concluyeron que:
- Hay que tener mesura ante una sociedad tan sensible como la colombiana.
- Convocar una consulta por encima del Senado es una equivocación que fijaría un grave precedente institucional.
- La legitimidad democrática la da la Constitución.
- La fuente y límite del poder es la Constitución Política.
- El acto que votó el Senado es legítimo y es ilegítimo que el Gobierno por medio de un decreto lo desconozca.
- Ni el Gobierno, ni el Congreso han estado a la altura de las discusiones que el país necesita.
- Se debe tener la máxima prudencia en el uso de instrumentos del Estado.
- Si no cambiamos el sistema político vamos camino al fracaso.


















